DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE FISCALIZACIÓN DE SERVICIOS DE INFRAESTRUCTURA
T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S : http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio No. 04593
24 de mayo, 2011
DFOE-IFR-0300
Señora
Silma Bolaños Cerdas,
Jefa de Área,
Comisión Asuntos Económicos
ASAMBLEA LEGISLATIVA
Estimada señora
Asunto: Emisión criterio solicitado por Silma Bolaños Cerdas, Jefa de Área,
Comisión Asuntos Económicos, Asamblea Legislativa sobre el proyecto
“Reforma del artículo 17, inciso e) de la Ley Orgánica de la Junta de
Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente
Atlántica, Ley Nro. 5337 del 27 de agosto de 1973, y sus reformas”
expediente N.º 17.970.
Esta Contraloría General procede a emitir el criterio solicitado mediante oficio ECO-
304-17.970-11 del 28 de abril del 2011 relacionado con el Proyecto de Ley de referencia,
y el cual se circunscribirá a materias relacionadas con su ámbito de competencia como
órgano superior de control y fiscalización de la Hacienda Pública.
Señala dicho proyecto:
“ARTICULO UNICO.- Refórmese el inciso e) del artículo 17 de la
Ley No. 5337, de 27 de agosto de 1973, y sus reformas para que
en adelante se lea de la siguiente manera:
“Artículo 17.-
[…]
e) Aprobar ventas, celebrar empréstitos, emitir bonos y constituir
gravámenes para el desarrollo de infraestructura y equipamiento
portuario, hasta por un cincuenta por ciento (50%) del valor de sus
activos. Si la operación excede del resultado de la aplicación de
dicho porcentaje, deberá obtenerse la aprobación de la Asamblea
Legislativa.”
La reforma introduce una modificación al límite establecido a JAPDEVA para las
ventas, empréstitos, emisión bonos y constitución de gravámenes para el desarrollo de
infraestructura y equipamiento portuario, considerando para ello ...
Fecha publicación: 31/05/2011
Fecha emisión: 24/05/2011
Institución: NO APLICA
Emite: AREA FISC. SERVICIOS DE INFRAESTRUCTURA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE PROYECTOS DE LEY
División De Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Servicios Para el Desarrollo Local
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Servicios para el Desarrollo Local
DFOE-DL-0319 5 5 de mayo, 2011
Al contestar refiérase
al oficio Nro. 03948
Fax Nro. 2243-2440
5 de mayo, 2011
DFOE-DL-0319
Señora
Rosa María Vega Campos
Jefa de Área Comisión Permanente Especial de
Asuntos Municipales y Desarrollo Local Participativo
ASAMBLEA LEGISLATIVA
Estimada señora:
Asunto:
Criterio sobre el proyecto de “Ley para la exoneración de impuestos y condonación de deudas para los habitantes de las comunidades afectadas por el terremoto del 8 de enero de 2009”, expediente legislativo Nro. 17924.
Se refiere este Despacho a los oficios Nro. CPEM-336-11 y CPEM-342-2011 de 6 y 14 de abril de 2011, respectivamente, con los que se consulta el criterio de este órgano contralor respecto del proyecto de ley denominado “Ley para la exoneración de impuestos y condonación de deudas para los habitantes de las comunidades afectadas por el terremoto del 8 de enero de 2009”, expediente legislativo Nro. 17924.
El citado proyecto pretende autorizar a las municipalidades de Heredia, Alajuela y Poás, la exoneración y condonación de las deudas por concepto de impuestos municipales del período comprendido entre el 8 de enero de 2009 y el 30 de junio de 2011 que, a la entrada en vigencia de la presente Ley, se mantengan registradas sobre inmuebles afectados por el sismo del 8 de enero de 2009, situados en las comunidades de Cinchona, Poasito, Fraijanes, Dulce Nombre, San Miguel, Carrizal de Alajuela; de Varablanca y Los Cartagos de Heredia y Sabana Redonda de Poás.
I. Sobre la exposición de motivos
Según se indica en la exposición de motivos, estas poblaciones fueron las más afectadas por el terremoto del 8 de enero del año 2009, dejando pérdidas, valoradas por la Comisión ...
Fecha publicación: 20/05/2011
Fecha emisión: 05/05/2011
Institución: ASAMBLEA LEGISLATIVA
Emite: AREA FISC. SERV. DESARROLLO LOCAL
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE PROYECTOS DE LEY
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE FISCALIZACIÓN DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DE LA REPÚBLICA
T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio Nro. 3996
31 de mayo, 2011
DFOE-SAF-0213
Señor
Luis Fishman Zonzinski
Presidente
Comisión Permanente de Asuntos Hacendarios
ASAMBLEA LEGISLATIVA
Estimado señor:
Asunto: Emisión de criterio solicitado por esa Comisión sobre el proyecto de “Ley
de Responsabilidad Fiscal” (expediente legislativo N° 17868).
Nos referimos a los oficios sin número de fechas 15 de marzo y 30 de mayo,
suscrito por el Lic. Guillermo Zúñiga Chaves, Presidente en ese entonces de esa Comisión
y Sra. Noemy Gutiérrez Medina, Jefe de Área, respectivamente, mediante los cuales
solicitan el criterio de este Órgano Contralor sobre el proyecto de ley denominado “Ley de
Responsabilidad Fiscal”, actualmente en trámite con el expediente número 17868.
Al respecto, debe indicarse que en la década de los noventas, varias iniciativas
promovidas por diputados originaron diferentes proyectos de reforma constitucional, con el
epígrafe de Garantías Económicas, dirigidos a garantizar el poder adquisitivo de la
moneda, el control del déficit fiscal y a someter a la Asamblea Legislativa la aprobación de
los presupuestos de todo el sector público (ver expediente No.11375).
Se ordenaba en dichas iniciativas que el déficit financiero no podría superar el 1%
del PIB, que los gastos corrientes no podían ser financiados con ingresos de capital, y
otras como el límite de crédito al sector público por parte del sistema financiero. Tras una
amplia deliberación y consulta, como es sabido, esa iniciativa no llegó a fructificar en el
texto constitucional.1
Por su parte, durante el largo proceso de elaboración del texto que llegó a ser la
Ley de Administración Fin ...
Fecha publicación: 09/05/2011
Fecha emisión: 06/05/2011
Institución: ASAMBLEA LEGISLATIVA
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE PROYECTOS DE LEY
DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio no. 03932
04 de mayo de 2011
DJ-0478-2011
Señora
Ana Lorena Cordero Barboza
Jefa de Área
Comisión de Asuntos Sociales
ASAMBLEA LEGISLATIVA
Estimada señora:
Asunto: Criterio sobre el proyecto de ley, “Adición de párrafo final al artículo3 de
la Ley de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares, no. 5662”, expediente no.
17987.
Nos referimos a su oficio no. CPAS-201-17.987 del 31 de marzo de 2010 (sic),
mediante el cual solicita el criterio de esta Contraloría General respecto del proyecto de ley
denominado “Adición de párrafo final al artículo 3 de la Ley de Desarrollo Social y
Asignaciones Familiares, no. 5662”, expediente no. 17987.
1. Objeto del proyecto de ley
Se indica en el texto antecedente del proyecto de ley que ahora se conoce que en el
2009 se aprobó la Ley no. 8783 del 13 de octubre del 2009, que reforma la Ley de Desarrollo
Social y Asignaciones Familiares no. 5662 del 23 de diciembre de 1974, la cual regula al
Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (FODESAF). Como parte de dicha
reforma, el artículo 18 quedó de la siguiente manera:
"Artículo 18.-
El Fondo establecido por esta Ley es patrimonio de todos los beneficiarios y
en ningún caso ni para ningún efecto podrá ser destinado a otras finalidades
que no sean las señaladas por esta Ley. En consecuencia, los fondos que
reciban las instituciones encargadas de programas y servicios, por ley o
convenio, no podrán ser utilizados en gastos administrativos sino,
exclusivamente, en el pago de esos programas y servicios, con las
excepciones indicadas en esta Ley.
Las instituciones ejecutoras deberán presentar informes de ejecución
presupuestaria, cumplimiento de metas y rendición de cuentas, ante la
Dirección General, y con la periodicidad que se establecerá en los convenios
interinstitucionales.
Cuando se compruebe que una institución ...
Fecha publicación: 02/05/2011
Fecha emisión: 29/04/2011
Institución: ASAMBLEA LEGISLATIVA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE PROYECTOS DE LEY
Tesauro: Administracion de Fondos Publicos, Numero de Expediente , Nombre del Proyecto, Contabilidad Pública
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE FISCALIZACIÓN DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DE LA REPÚBLICA
T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio Nro. 3186
6 de abril, 2011
DFOE-SAF-0197
Licenciado
Guillermo Zúñiga Chaves
Comisión Permanente de Asuntos Hacendarios
ASAMBLEA LEGISLATIVA
Estimado señor:
Asunto: Emisión de criterio solicitado por la Asamblea Legislativa sobre el
proyecto de ley denominado “Incentivo a la importación y uso de
vehículos eléctricos cero emisiones nuevos al país” expediente N°
17692.
Nos referimos a su oficio sin número del 15 de marzo de 2011, por el cual nos
consulta el criterio sobre el proyecto de ley denominado “Incentivo a la importación y uso
de vehículos eléctricos cero emisiones nuevos al país” (expediente N° 17692), iniciativa
publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 121 del 23 de junio de 2010.
La exposición de motivos del citado proyecto señala los problemas mundiales y
nacionales de contaminación por el dióxido de carbono emitido por los autos,
especialmente en nuestra Gran Área Metropolitana. Agrega que, a pesar de los controles
hechos con las revisiones técnicas vehiculares, los esfuerzos por disminuir esos niveles
han sido infructuosos, manifestándose que dada la urgencia en la reducción de emisión de
gases efecto invernadero en la Comunidad Europea y el Protocolo de Kioto han
desarrollado normativas que obligan a la industria del motor a realizar a corto plazo
cambios considerables en los diseños de sus carros para reducir la emisión de gases
contaminantes.
Se indica también que el vehículo eléctrico funciona libre de emisiones de dióxido
de carbono y que no produce ruido ni desechos como aceite y filtros; sin embargo, los
impuestos actuales por este tipo de automóvil constituye un serio obstáculo pa ...
Fecha publicación: 08/04/2011
Fecha emisión: 05/04/2011
Institución: ASAMBLEA LEGISLATIVA
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE PROYECTOS DE LEY
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE FISCALIZACIÓN DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DE LA REPÚBLICA
T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio Nro. 3032
31 de marzo, 2011
DFOE-SAF-0188
Licenciado
Guillermo Zúñiga Chaves
Presidente
Comisión Permanente de Asuntos Hacendarios
Asamblea Legislativa
Estimado señor:
Asunto: Criterio sobre el proyecto de ley denominado: “Refórmese la Ley N°
7092 Ley del Impuesto sobre la Renta” expediente N° 17428.
Nos referimos a su oficio sin número del 15 de marzo de 2011, por el cual nos
consulta el criterio sobre el proyecto de ley denominado: “Refórmese la Ley N° 7092 Ley
del Impuesto sobre la Renta” expediente N° 17428, iniciativa publicada en el Diario Oficial
La Gaceta N° 158 del 14 de agosto de 2009.
En la exposición de motivos del citado proyecto se propone el fortalecimiento de los
servicios hospitalarios brindados por el Hospital Nacional de Niños (especialmente para la
población del segmento de 12 a 17 años), con la creación de la denominada “Torre
Esperanza”, para lo cual se pretende deducir la renta disponible de las sociedades de
capital -que sea distribuida en dinero-, para que se disponga exclusivamente en la
construcción, mantenimiento y equipamiento del Hospital Nacional de Niños.
La reforma busca modificar el artículo 18 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, e
incorporar un nuevo inciso c) en los siguientes términos:
“Artículo 18.- Tratamiento de la renta disponible de las sociedades de capital
Cuando la renta disponible de las sociedades de capital se distribuya en dinero, en
especie o en acciones de la propia sociedad, esta deberá observar las siguientes
reglas:
[…]
c) Únicamente se podrá deducir del pago de este impuesto las donaciones
efectuadas por el perceptor de la renta al Hos ...
Fecha publicación: 01/04/2011
Fecha emisión: 29/03/2011
Institución: ASAMBLEA LEGISLATIVA
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE PROYECTOS DE LEY
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE SERVICIOS SOCIALES
T:. (506) 2501 8000 F:. (506) 2501 8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio No. 02618
23 de marzo, 2011
DFOE-SOC-0231
Señora
Ana Lorena Cordero Barboza
Jefa Área
Comisión Permanente de Asuntos Sociales
AASSAAMMBBLLEEAA LLEEGGIISSLLAATTIIVVAA
Estimada señora:
Asunto: Emisión de criterio solicitado por la Asamblea Legislativa sobre el
proyecto “Ley General de Investigación en Seres Humanos” (Ley
Reguladora de Investigaciones Biomédicas).
En atención a su oficio CPAS-063-17.777 del 4 de marzo último, mediante el
cual se solicita el criterio de esta Contraloría General sobre el texto dictaminado del
proyecto “Ley General de Investigación en Seres Humanos” (Ley Reguladora de
Investigaciones Biomédicas), que se tramita en la Asamblea Legislativa bajo el
expediente No. 17.777, se señala que este órgano contralor no objeta dicha iniciativa
legislativa, por el contrario, desde hace varios años, en el Informe FOE-SA-2/2001 del
14 de diciembre de 2001, se indicó la necesidad de regular mediante ley las
investigaciones en seres humanos.
A pesar de lo anterior, se reitera que la materia objeto de esta regulación
corresponde al campo ético y científico, que busca garantizar que la investigación que
se realice en personas respete la dignidad humana y los derechos fundamentales, lo
cual trasciende las competencias de esta Contraloría General para la fiscalización de
la Hacienda Pública, tal como se manifestó mediante el oficio 8767 del 10 de
setiembre del año pasado, al emitir pronunciamiento sobre el texto original de este
proyecto de ley, publicado en La Gaceta No. 148 del 30 de julio de 2010.
En ese oficio, este órgano contralor se limitó a formular observaciones sobre los
asuntos relacionados con la Hacienda Pública que se estimó de ...
Fecha publicación: 28/03/2011
Fecha emisión: 23/03/2011
Institución: ASAMBLEA LEGISLATIVA
Emite: AREA FISC. SERVICIOS SOCIALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE PROYECTOS DE LEY
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA SERVICIOS PÚBLICOS GENERALES
T:. (506) 2501 8000 F:. (506) 2501 8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio Nro. 2241
8 de marzo, 2011
DFOE-PG-086
Licenciada
Ana Lorena Cordero Barboza
Jefa de Área, Comisión de Asuntos Sociales
ASAMBLEA LEGISLATIVA
Estimada señora:
Asunto: Emisión de criterio solicitado por la Asamblea Legislativa sobre el proyecto
“Ley para sancionar la violencia en espectáculos deportivos” Expediente N°
17.870.
En atención a su oficio CPAS-31-17.870, mediante el cual solicita el criterio de este
Órgano Contralor en relación con el proyecto “Ley para sancionar la violencia en espectáculos
deportivos” Expediente N° 17.870; dentro del plazo conferido, se exponen las siguientes
observaciones, con el propósito de que se hagan del conocimiento de la Comisión de Asuntos
Sociales.
ANTECEDENTES
Se indica en la exposición de motivos que el proyecto de ley en cuestión tiene por objeto
la creación y unificación a nivel nacional, de un sistema de educación y prevención de los
hechos de violencia en eventos deportivos. Se plantea la creación de un sistema de información
para la seguridad de los eventos deportivos, se regula el control al ingreso de las actividades
deportivas, así como la participación de diferentes entidades como el Ministerio de Educación
Pública, el Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes, el Instituto Costarricense del Deporte
(ICODER), las municipalidades y los comités cantonales de deportes, en la educación para la
paz y la no violencia.
Se establece una serie de requisitos técnicos de los escenarios de concurrencia pública,
y se propone la creación de una Comisión Nacional de Seguridad en Eventos Deportivos.
También se establecen sanciones por diferentes acciones que puedan afectar la realización de
los even ...
Fecha publicación: 11/03/2011
Fecha emisión: 07/03/2011
Institución: NO APLICA
Emite: AREA FISC. SERVICIOS PUBLICOS GENERALES
Tipo documental: PROYECTO DE LEY PRESUPUESTO DE LA REPUBLICA
Proceso: ATENCION DE PROYECTOS DE LEY
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA SERVICIOS PÚBLICOS GENERALES
T:. (506) 2501 8000 F:. (506) 2501 8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio No. 1544
18 de febrero, 2011
DFOE-PG- 061
Licenciada
Silma Bolaños Cerdas
Jefa de Área, Comisión Especial de Ciencia, Tecnología y Educación
ASAMBLEA LEGISLATIVA
Estimada señora:
Asunto: Emisión de criterio solicitado por la Asamblea Legislativa sobre el proyecto de
ley “Reforma de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Radio y Televisión
Cultural (SINART).” Expediente N° 17.880.
En atención a su oficio CCTP-07-17.880 de fecha 2 de febrero de 2011, mediante el cual
solicita el criterio de este órgano contralor en relación con el proyecto de ley “Reforma de la Ley
Orgánica del Sistema Nacional de Radio y Televisión Cultural (SINART).” Expediente N°
17.880; dentro del plazo conferido se exponen las siguientes observaciones, con el propósito de
que se hagan del conocimiento de la Comisión Especial de Ciencia, Tecnología y Educación.
ANTECEDENTES:
Se indica en la exposición de motivos que el proyecto de ley en cuestión tiene por objeto
reformar la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Radio y Televisión Cultural, SINART S.A.,
para permitirle a esta empresa estatal mayor seguridad jurídica mediante la concesión de
frecuencias por un plazo de noventa y nueve años, las cuales serán indispensables para el
cumplimiento de su función esencial dentro de la sociedad costarricense. Además, se le dará
suficiente autonomía de acción para que elija los medios para llevar a cabo sus fines, tal y como
corresponde a una sociedad anónima propiedad del Estado.
Entre otras cosas se dice que con la promulgación de la Ley Orgánica del Sistema
Nacional de Radio y Televisión Cultural, Nº 8346, este ente ha podido tener por fin una
estabilidad financiera de subs ...
Fecha publicación: 23/02/2011
Fecha emisión: 18/02/2011
Institución: NO APLICA
Emite: AREA FISC. SERVICIOS PUBLICOS GENERALES
Tipo documental: PROYECTO DE LEY PRESUPUESTO DE LA REPUBLICA
Proceso: ATENCION DE PROYECTOS DE LEY
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE SERVICIOS SOCIALES
T:. (506) 501 8000 F:. (506) 501 8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio Nº 00792
Fax 2243-2426
31 de enero, 2011
DFOE-SOC-0067
Señora
Ana Lorena Cordero Barboza
Jefa Área
Comisión Permanente de Asuntos Sociales
AASSAAMMBBLLEEAA LLEEGGIISSLLAATTIIVVAA
Estimada señora:
Asunto: Emisión de criterio solicitado por la Asamblea Legislativa sobre el proyecto
de ley “Creación del Sistema Nacional de Información y Registro Único de
Beneficiarios del Estado”
Se procede a dar respuesta a su oficio No. CPAS-1890-17-843 del 26 de noviembre
de 2010, mediante el cual solicita criterio de este órgano contralor, en relación con el
Proyecto de Ley “Creación del Sistema Nacional de Información y Registro Único de
Beneficiarios del Estado”, expediente legislativo, No. 17843.
Dicho Proyecto fue propuesto por la Diputada Gloria Bejarano Almada, quien en la
exposición de motivos señala la necesidad de crear el Sistema Nacional de Información y
Registro Único de Beneficiarios del Estado, con el fin de que a los beneficiarios del Estado
Costarricense se les procure el mayor bienestar y el más adecuado reparto de la riqueza.
Al respecto y luego de analizado el articulado del proyecto de marras, se le indica lo
siguiente:
1.- Mediante oficio 00623 (DFOE-SOC-0051-2011) del 27 de enero de 2011, este
órgano contralor emitió criterio sobre otro proyecto de ley que se refiere a un tema similar,
denominado “Ley de creación el Sistema Nacional de Registro, selección, seguimiento y
evaluación de beneficiarios de los programas sociales del Estado”, expediente N° 17.855,
del cual se adjunta copia para su conocimiento. Asimismo, se remiten en formato
electrónico, los informes DFOE-SO-11-2006, DFOE-SOC-3-2007, DFOE-SOC-19-2009 y
el Capítulo 1 d ...
Fecha publicación: 03/02/2011
Fecha emisión: 31/01/2011
Institución: ASAMBLEA LEGISLATIVA
Emite: AREA FISC. SERVICIOS SOCIALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE PROYECTOS DE LEY